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El desplazamiento en periodo de baja está permitido en España, siempre que no interfiera en la recuperación ni conlleve el incumplimiento de citas médicas o tratamientos.

Vacaciones y baja médica: ¿son compatibles?

En pleno verano, muchos trabajadores de baja por incapacidad temporal (IT) se plantean si pueden disfrutar de unos días de descanso fuera de su domicilio habitual. La duda es razonable, sobre todo en casos de bajas por causas psicológicas como ansiedad o depresión. Sin embargo, aunque no está prohibido viajar, hacerlo sin cumplir ciertas condiciones puede acarrear consecuencias legales y laborales.

El marco legal español permite estos desplazamientos, pero con límites. Según el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social, el subsidio puede suspenderse o anularse si se incumplen las obligaciones relacionadas con el proceso de curación. Este incumplimiento puede interpretarse como fraude de ley, con efectos negativos no solo sobre la prestación económica, sino también sobre el vínculo laboral.

El factor clave: no perjudicar la recuperación

Expertos en derecho laboral coinciden en que el problema no es irse de vacaciones, sino que la actividad elegida sea incompatible con la patología que motiva la baja. Por ejemplo:

  • Estar de baja por una lesión muscular y ser visto practicando surf o senderismo puede interpretarse como conducta sancionable.
  • Ausentarse sin justificación de citas médicas programadas por el INSS o la mutua, incluso por un viaje, puede conllevar la suspensión automática del subsidio.

El derecho a percibir la prestación durante una incapacidad temporal se fundamenta en la buena fe del trabajador. Si esta se pone en entredicho, pueden activarse mecanismos disciplinarios por parte de la empresa o de la Seguridad Social.

Despido disciplinario: una posibilidad real

En situaciones donde se demuestre que el viaje impide una correcta recuperación o incumple las obligaciones médicas, el empresario puede optar por el despido disciplinario, una medida considerada procedente por los tribunales cuando se comprueba que el trabajador ha actuado de forma negligente o fraudulenta. Este tipo de despido no conlleva indemnización ni acceso a la prestación por desempleo.

Enfermedades psicológicas y viajes terapéuticos

No obstante, no todo son prohibiciones. En casos de patologías psicológicas, como ansiedad o depresión, la jurisprudencia ha reconocido que cambiar de entorno puede formar parte del tratamiento. En estos contextos, el viaje puede tener un efecto positivo en la salud del trabajador, siempre que:

  • No se interfiera con el tratamiento prescrito.
  • Se mantengan las obligaciones de seguimiento médico.
  • Se informe, cuando sea posible, a la mutua o médico de cabecera.

Los tribunales han desestimado despidos en varios casos donde el viaje no afectó negativamente a la recuperación, y donde no se vulneraron citas ni tratamientos médicos.

Recomendaciones: cómo evitar problemas legales

Para reducir riesgos, los abogados laboralistas recomiendan actuar con precaución:

  • Solicitar autorización médica previa si se planea un desplazamiento prolongado o fuera del entorno habitual.
  • No faltar a las citas médicas programadas por el INSS o la mutua.
  • Evitar actividades físicas o recreativas que contradigan el diagnóstico o impidan la recuperación.
  • Si el viaje es terapéutico, mantener documentación o informes médicos que lo avalen.

Diferencias según el régimen laboral

Cabe recordar que existen tres regímenes principales de afiliación a la Seguridad Social:

  • Régimen general por cuenta ajena
  • Régimen de autónomos
  • Régimen de empleados del hogar

Todos ellos contemplan la posibilidad de desplazamiento, pero los controles, obligaciones de notificación y seguimiento médico pueden variar según el régimen.

El viaje, bajo responsabilidad del trabajador

Según indica la propia web de la Seguridad Social, el desplazamiento durante una baja médica no está prohibido pero “corre por cuenta y riesgo del beneficiario”, especialmente si implica ausencias prolongadas o puede entrar en conflicto con las obligaciones del proceso de curación.

Conclusión: libertad con responsabilidad

Viajar mientras se está de baja médica no es ilegal, pero debe hacerse con sentido común y responsabilidad. La clave está en que el desplazamiento no interfiera con el tratamiento ni con los compromisos médicos, y que el trabajador pueda demostrar su buena fe si surgiera una reclamación o inspección.

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