La Comunidad de Madrid estará cerrada hasta el día 14 pero, salvo en las zonas confinadas, los madrileños tienen cierta libertad de actividad dentro de las restricciones
El Puente de la Constitución llega este año a Madrid cargado de restricciones, limitaciones y confinamientos por el coronavirus. Sin embargo, los madrileños cuentan con cierta libertad para realizar ciertas actividades estos días, en los que no se podrá salir de la región.
El Gobierno decretó, como ya hiciese en los anteriores puentes de noviembre, el cierre de la comunidad hasta las 00.00 horas del lunes 14 de diciembre. Es decir, ningún ciudadano puede salir o entrar de la región hasta ese momento salvo por causas justificadas: ir a trabajar, a un centro sanitario o a estudiar, realizar obligaciones administrativas o judiciales que no se puedan aplazar, regresar a la residencia habitual, cuidar de un dependiente, un mayor o un menor u otras causas que se consideren graves.
Pero sí pueden los madrileños moverse por todo el territorio para realizar cualquier actividad, a excepción de aquellas zonas básicas de salud con alta incidencia de la Covid-19. Aquí puede consultar las áreas que tienen limitación de movimiento (no se puede salir de ellas salvo por las razones antes explicadas) en las próximas fechas.
Sí hay que tener en cuenta que el toque de queda continúa vigente. Entre las 00.00 y las 06.00 horas, nadie puede pasear/circular por la calle si no es por una causa justificada. No hay una prohibición expresa para no poder pasar la noche en casa de un amigo o un familiar, aunque la Comunidad de Madrid no cesa en su discurso de que hay que tomar todas las precauciones para evitar la propagación del virus y evitar este tipo de circunstancias si no son necesarias.
LAS REUNIONES, DE SEIS PERSONAS
Las reuniones, tanto en espacios al aire libre como en el interior de los domicilios, tampoco están prohibidas, pero no pueden sobrepasar las seis personas salvo que sean convivientes.
Todos los sectores, salvo el ocio nocturno, están abiertos en Madrid, así que, con todas las medidas sanitarias, se puede ir a un bar o restaurante, a hacer compras navideñas, al teatro, al cine, al gimnasio, a la iglesia…
Sólo hay que tener en cuenta las limitaciones de horario y de aforo que el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso ha decretado para contener el coronavirus, y que dependen de cada sector.
La hostelería puede abrir de 06.00 a 00.00 horas con un aforo del 50% y sin servicio de barra. Las terrazas podrán admitir hasta un 75% de clientes. Los bares de copas y discotecas sólo pueden abrir si es para prestar el mismo servicio que la hostelería y en su mismo horario.
RESTRICCIONES EN COMERCIOS
Los comercios, así como los mercadillos al aire libre, deben cerrar a las 22.00 horas a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00:00 horas.
En los establecimientos comerciales, el aforo será del 75%, al igual que en los cines, teatros y espacios culturales. Sólo las salas multiusos polivalentes, como el WiZink, podrán acoger a sólo el 40%.
Las instalaciones deportivas y gimnasios pueden ocuparse a la mitad de su capacidad en el interior. Y los centros de formación no reglada, al 75%.
Los lugares de culto también pueden llenarse en un 50%, aunque los que estén situados en una de las zonas con alta incidencia del virus y confinadas sólo podrán ocuparse en un tercio. En estas mismas áreas, en los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.
Los parques infantiles sólo se pueden usar en las zonas básicas de salud que no tienen restricciones por la Covid-19.