La DGT alerta de que la relajación estival al volante puede derivar en sanciones de hasta 200 euros, incluso sin estar expresamente prohibidas por ley.
Conducir en verano: libertad, comodidad… y riesgo de sanción
La llegada del calor multiplica los desplazamientos por carretera y, con ellos, los riesgos asociados a una conducción menos rigurosa. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), el riesgo de accidente aumenta hasta un 20 % en verano, debido a factores como la fatiga provocada por las altas temperaturas, pero también por ciertos malos hábitos que muchos conductores adoptan creyendo que no suponen ninguna infracción.
Aunque muchas de estas acciones no están explícitamente prohibidas en el Reglamento General de Circulación, sí pueden sancionarse si un agente considera que afectan a la seguridad o al control del vehículo. El fundamento legal más común para este tipo de sanciones es el Artículo 18.1, que obliga a los conductores a mantener su libertad de movimientos, el campo de visión necesario y la atención permanente a la conducción.
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Chanclas al volante: 80 euros de sanción
Una de las infracciones más típicas del verano es conducir con chanclas, sandalias sin sujeción o descalzo. El Reglamento no prohíbe expresamente este calzado, pero los agentes pueden multar con hasta 80 euros si consideran que compromete el control del vehículo. Al no sujetar adecuadamente el pie, existe el riesgo de que este resbale de los pedales o quede atascado.
Sin camiseta: hasta 200 euros por imprudencia
Otro gesto común para sobrellevar el calor es conducir sin camiseta. Aunque tampoco se prohíbe de forma directa, puede implicar una sanción de entre 80 y 200 euros, dependiendo de si se interpreta que afecta a la seguridad del conductor. Circular sin camiseta podría provocar quemaduras o heridas por el cinturón o por el airbag en caso de accidente.
Beber agua al volante: posible multa de 100 euros
Hidratarse al volante no es ilegal, pero sí puede sancionarse si se considera que distrae al conductor. Manipular una botella o soltar el volante para beber podría interpretarse como falta leve de atención, lo que implicaría una multa de 100 euros, también bajo el mismo artículo del reglamento.
Objetos colgados del retrovisor: peligro y sanción
Los ambientadores, adornos o amuletos colgados del retrovisor pueden reducir el campo visual del conductor. La DGT recomienda llevar el retrovisor completamente despejado. Si los agentes consideran que estos elementos dificultan la visibilidad, pueden imponer una multa de hasta 80 euros.
Brazo fuera de la ventanilla: 80 euros por mala postura
Un hábito muy habitual durante los trayectos largos y calurosos es sacar el brazo por la ventanilla. Aunque pueda parecer inofensivo, los agentes pueden multar esta conducta con 80 euros, si consideran que compromete la capacidad de reacción o impide una posición adecuada al volante.
La clave: control, atención y seguridad
Desde la DGT se insiste en que el objetivo de estas sanciones no es recaudatorio, sino puramente preventivo. Mantener la seguridad en carretera depende de que el conductor conserve el control total del vehículo, evite distracciones y garantice una visibilidad óptima.
Por tanto, el consejo principal es evitar cualquier conducta que, aunque aparentemente inocua, pueda comprometer nuestra capacidad de conducción o la seguridad de los pasajeros y otros usuarios de la vía.
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