¿Indulto parcial o total?¿En qué se diferencian y cuál se les concederá a los políticos presos por el procés?

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artículo 130.4 del código penal se establece que la responsabilidad criminal se extingue por el indulto, pero ¿qué es esta medida de gracia que hoy aprobará el Gobierno para los políticos presos por el procés?

El indulto es el perdón de la pena, no del delito, una ley que data del 18 de junio de 1870 regula esta figura y el artículo 62 de la Constitución española es el Rey quien lo concede aunque la decisión la aprueba el Consejo de Ministros tras la propuesta del titular de Justicia.

Así pues Juan Carlos Campo, ministro de Justicia, lleva hoy al Consejo de Ministros 9 decretos para cada uno de los políticos presos que van a ser indultados que serán analizados caso a caso.

El Rey tendrá que firmar lo deliberado por el Gobierno y entonces el indulto será publicado en el BOE. Una vez aprobados, la sala segunda del Supremo que es la que dictó sentencia en en el caso del procés tendrá que ejecutar las medidas de gracia a la menor brevedad.

El indulto puede ser total o parcial. El primero perdona toda la condena impuesta al reo y por el segundo se lleva a cabo la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas.

Se da por hecho que a los líderes del procés que están en prisión va a aplicárseles un indulto parcial y no se les anularía la condena de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público.

Si el indultado vuelve a cometer un delito en un tiempo que hay que determinar el indulto que hoy se aprueba se anularía.

 

¿Quiénes no pueden ser indultados?

Cualquier preso, sea cual sea el delito que haya cometido, puede ser agraciado con esta medida de carácter extraordinario y la solicitud de la misma puede venir del mismo reo, de su familia o cualquier persona en su nombre sin necesidad de apoderamiento por escrito.

Hay 3 excepciones para que una persona no pueda ser indultada: aquellos procesados criminalmente que no hayan sido condenados en sentencia firme, los que estén a disposición del Tribunal sentenciador para el cumplimiento de la condena y los reincidentes en el mismo u otro delito por el cual hayan sido condenados en sentencia firme.

 

Diferencia entre indulto y amnistía

Aunque el indulto ha sido visto como un primer paso por parte del Govern lo cierto es que los independentistas lo consideran insuficiente y reclaman la amnistía, pero en qué se diferencia una cosa de la otra.

El indulto como ya dijimos anula la pena impuesta pero no el delito, sin embargo la amnistía extingue por completo la responsabilidad criminal, que desaparece.

En la Constitución no se menciona la amnistía, pero sí que se especifica que el Rey «no podrá autorizar indultos generales».