pena de entre tres meses a un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad. Así lo indicó ayer miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE), que publica la citada ley, aprobada definitivamente el pasado día 6 por el Pleno del Senado.
Acosar en el aborto ya es delit
Esta nueva ley considera «imprescindible garantizar una zona de seguridad alrededor de los centros sanitarios que facilitan la interrupción voluntaria del embarazo de forma que quede garantizada la intimidad de las mujeres, su libertad y seguridad física y moral, así como su derecho a la libre circulación y de este modo garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres». Asimismo, se añade un nuevo artículo al Código Penal, el «172 quarter», que indica que «el que obstaculice el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acose a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad, será castigado con pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días».
Además, alegan que «las mismas penas se impondrán a quien acosare a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio profesional o función pública y al personal facultativo o directivo de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo». Asimismo, «atendidas la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, el tribunal podrá imponer la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años» y «en la persecución de los hechos no será necesaria la denuncia de la persona agraviada».
Muchas mujeres se sentían acosadas
Esta nueva reforma alerta que «el acoso a los centros sanitarios donde las mujeres interrumpen voluntariamente sus embarazos es una constante desde la aprobación de la ley por la que se despenalizaba el aborto en tres supuestos». También aprovecha para recordar que «la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo reconoce el derecho de la mujer a interrumpir libre y voluntariamente la gestación en las primeras catorce semanas del embarazo» y facilita «seguridad jurídica tanto a las mujeres como a los profesionales que participan».
«Miles de mujeres se han visto increpadas, insultadas, coaccionadas o amenazadas de algún modo», sentenciaba el comunicado de ACAI, recogido en la nueva norma que anuncia el BOE. Informa que «grupos organizados abordan a mujeres con fotografías, fetos de juguete y proclamas contra el aborto antes de que entren en la clínica para que modifiquen su decisión a través de coacciones, intimidación y hostigamiento», lo que llevó a pedir que se aprobase cuanto antes esta nueva reforma.