Todas las preguntas sobre la prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero

erte empresas
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes las condiciones en las que se van a prorrogar los ERTE relacionados con la pandemia del coronavirus hasta el 31 de enero, tras haber logrado un acuerdo con patronal y sindicatos.

Te resolvemos todas las dudas que tengas relacionadas con estos ERTE del coronavirus:

Prohibido despedir en los seis meses posteriores al ERTE

Habrá tres modalidades de ERTE, en función del sector y nivel de afectación de la pandemia. Por un lado el ERTE por impedimento del desarrollo de la actividad, que afectaría, por ejemplo, al ocio nocturno. Otro sería el ERTE por limitaciones de algún tipo en la facturación, y el tercero sería el ERTE dirigido a actividades muy afectadas por la pandemia del coronavirus.

Se mantiene el cobro del 70% del salario. Los trabajadores en ERTE seguirán cobrando el 70% de la base reguladora y no descenderá al 50% pasados 180 días de la prestación.

Exención del 85% en las cuotas de la Seguridad Social para las empresas de menos de 50 trabajadores que continúen en el ERTE y del 75% para las de más de 50 trabajadores.

Los trabajadores en ERTE tendrán prioridad par acceder a las iniciativas de formación del sistema de formación profesional para el empleo.

Mientras esté vigente el ERTE no se podrán realizar horas extra, externalizar actividades ni realizar nuevas contrataciones directas o indirectas salvo casos justificados.

No podrán acogerse al ERTE empresas domiciliadas en territorios considerados paraísos fiscales y las empresas no podrán proceder al reparto de dividendos en el ejercicio fiscal en el que se aplique el ERTE, salvo si devuelven las exenciones disfrutadas.