¿Qué dice la ley sobre trabajar a altas temperaturas?

ola calor 2
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40 grados. Desde que comenzó el caluroso fenómeno el 10 de julio, unas 510 personas han perdido la vida a causa de las altas temperaturas. Dentro de las víctimas de la ola de calor se encuentran dos trabajadores que perdieron la vida mientras cumplían su jornada laboral.

Ambas muertes han abierto un gran debate sobre las condiciones de trabajo. Los sindicatos de limpieza y las empresas del sector en Madrid se reunirán este martes para establecer protocolos permanentes ante las olas de calor, y el jueves CCOO y UGT se concentrarán ante el Ayuntamiento de Madrid. Además, hace que muchos se replanteen cuáles son sus derechos y qué dice la ley sobre trabajar a temperaturas tan elevadas.

Albañiles, agricultores o repartidores de comida rápida trabajan al sol en verano, con o sin ola de calor. También lo hacen los barrenderos, como lo hacía José Antonio González. Desde que falleció el pasado viernes mientras realizaba su trabajo, la ministra de Trabajo Yolanda Díaz ha indicado que su departamento está actuando, así como que se tomarán las medidas pertinentes.

Díaz además asegura que a la empresa se le había remitido una misiva advirtiéndole del plan de choque de la Inspección de Trabajo contra los golpes de calor. «Quiero poner en valor que es la primera vez que en el plan de choque contra los golpes de calor se incorporan las empresas de limpieza viaria y residuos sólidos urbanos. Seré prudente pero actuaremos con toda la contundencia y todo el peso de la ley”.

Además, la ministra de Trabajo advirtió que se va a ser necesario cambiar la normativa laboral ante la «emergencia climática». «Vamos a tener que cambiar nuestra forma de vivir, cambiar las normas de regulación del trabajo, como ya estamos haciendo, pasando por la construcción de refugios climáticos, hasta reformar nuestras viviendas para ganar eficiencia energética», apuntó.

Por otro lado, desde UGT, la secretaria de Salud Laboral explica que «el calor es uno de los muchos factores que debe contemplar el plan de riesgos laborales de una empresa”. La ley de riesgos laborales no hace una mención concreta para el calor, pero sí detalla lo siguiente en su artículo 14: “El empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo”. Y prosigue: “Esta norma es de 1995, no es nueva. Pero parece que hay empresas que no terminan de entenderlo. La exposición al calor es un riesgo para los trabajadores”, añade Carmen Mancheño, secretaria de Salud Laboral de CCOO de Madrid. Por lo tanto, este sindicato reclama que el calor se contemple como un riesgo laboral específico.