España avanza de fase: qué se puede hacer de la 0’5 a la 2

Fases
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Esta semana el 70% de los españoles estarán ya en fase 1. Son 33 millones de personas. Sin embargo, la Comunidad de Madrid, gran parte de Castilla y León y el área metropolitana de Barcelona permanecen en la fase llamada “cero y medio”. El gobierno ha hecho además algunas rectificaciones. Por ejemplo: sí habrá rebajas en comercios, aunque con restricciones.

Fase 05

En las últimas horas se ha puesto sobre la mesa la posibilidad del levantamiento de algunas restricciones para territorios que mejoran sus datos pero, sin embargo, aún no están en condiciones de pasar a la fase 1 de la desescalada. Se trata de un paso intermedio, la denominada fase 0,5.

La Generalitat de Cataluña ha planteado esta opción para Barcelona y gran parte de su área metropolitana, Castilla y León ha solicitado esas medidas «de alivio» para algunas actividades, y el Ministerio de Sanidad estudia un planteamiento similar para la Comunidad de Madrid.

El levantamiento parcial de restricciones, que encajaría dentro de la idea del titular de Sanidad de hacer una desescalada «asimétrica y flexible», choca con la resistencia del gobierno de Madrid, que pide el paso de todo el territorio de la comunidad directamente a la fase 1 y sin pasos intermedios.

– FASE 0,5

– ¿Qué actividades permite esa fase 0,5?

Apertura de comercios sin cita previa

Las bibliotecas podrían reanudar su servicio de préstamos

Los museos podrían abrir con aforo de un tercio como máximo

Servicios funerarios en presencia de hasta 10 personas

Tareas de desinfección y/o administrativas en los centros educativos que siguen cerrados.

– ¿Qué sigue prohibido en la fase 0,5?

Las terrazas de bares y restaurantes permanecerían todavía cerradas.

Las reuniones de hasta 10 familiares en un mismo domicilio, previstas para la fase 1, en esta fase siguen sin estar permitidas.

Los gimnasios continuarían cerrados.

– FASE 1

La movilidad entre municipios seguiría prohibida excepto por motivos laborales. La Fase 1 trae importantes medidas de desescalada en las unidades territoriales que se encuentran en este escenario. Lo más novedoso es que los ciudadanos tendrán libertad de circulación en dichos ámbitos para poder hacer actividades comerciales, practicar deporte o reunirse con otras personas. Y es que, en esta etapa de desconfinamiento la otra gran novedad social es que se permiten la reuniones de familiares y amigos hasta un máximo de 10 personas. Éstas pueden ser en domicilios o terrazas.

En el plano económico, reabren los comercios minoristas de hasta un máximo de 400 metros cuadrados de superficie siempre y cuando no estén en centros comerciales, que seguirán cerrados al público. 

¿POR DÓNDE PUEDO MOVERME EN LA FASE 1?

El Gobierno ha establecido las unidades territoriales que han accedido a la Fase 1. En su mayoría estas unidades son provincias, pero también hay islas o zonas sanitarias. En todas ellas está permitido el libre movimiento de los ciudadanos para hacer las actividades que están permitidas. Por ejemplo, las reuniones sociales con familiares y amigos, la actividad comercial o la práctica de deporte en las instalaciones abiertas. Un ciudadano puede ir a comprar a 20, 30 o 40 kilómetros de su casa o a ver a unos familiares o amigos.

¿PUEDO DESPLAZARME A OTRA PROVINCIA QUE TAMBIÉN ESTÉ EN FASE 1?

No. La movilidad entre provincias no está permitida por regla general y no tiene nada que ver en qué fase se encuentre. Sólo se contempla la movilidad interprovincial en casos muy concretos. El BOE dice literalmente que tienen que ser motivos “sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza”.

¿PUEDO JUNTARME CON FAMILIARES O AMIGOS? ¿CÓMO TIENE QUE SER?

Ahora sí. Vuelve el contacto social pero con límites. Están permitidas las reuniones en grupo de hasta 10 personas tanto en domicilios como en las mesas de las terrazas de los bares. No se pueden juntar, por ejemplo, dos familias que juntas sumen 14 personas, aunque tan sólo sean dos unidades familiares. El máximo es siempre 10 personas.

¿PUEDO IR A MI SEGUNDA RESIDENCIA EN LA FASE 1?

Aunque el Gobierno había dicho en un primer momento que no, finalmente ha rectificado y permitirá el uso de las segundas residencias en la Fase 1 siempre y cuando éstas se encuentren situadas en la misma provincia que el domicilio actual. Por tanto, quienes quieran desplazarse a la casa del pueblo, la playa o la montaña tendrán vía libre. El cambio de criterio pone fin a la aparente contradicción que se daba en un primer momento acerca de poder ir a dormir a un hotel en la provincia y no la segunda residencia.

¿EN LA FASE 1 CAMBIAN LOS HORARIOS PARA DAR PASEOS, SACAR A LOS NIÑOS O HACER DEPORTE?

Para pasear, sacar a los niños o hacer deporte en la calle continúa siendo obligatorio respetar las mismas franjas horarias que hay actualmente. Lo que sucede es que el Gobierno ha permitido ahora a las comunidades autónomas hacer algunas modificaciones con el objetivo de evitar que los niños salgan en las horas de más calor.

Cada región tendrá la capacidad de mover las franjas hasta dos horas. Tanto para adelantarla como para retrasarla. Evitando, eso sí, que se solapen las franjas para niños, deportistas o mayores de edad vulnerables. Se da la paradoja de que para pasear por la calle hay que respetar el horario establecido pero se puede ir a cualquier hora -siempre que esté abierto- a la terraza de un bar.

¿HAY QUE IR A UNA TERRAZA, COMERCIO O CASA DE UN FAMILIAR EN EL HORARIO QUE MARCA LA FRANJA?

Pasa como en los supermercados en este momento, que se podía ir a comprar a cualquier hora del día siempre que estuviera abierto, porque se trataba de una actividad permitida. Pues bien, lo que sucede ahora es que hay muchas más actividades permitidas con el cambio de Fase 1. Ya sea ir a una terraza, a una tienda o casa de alguien. Quien quiera pasear por la calle o ir con los niños al parque sí que debe obedecer los horarios establecidos.

¿CÓMO TENGO QUE TRABAJAR A PARTIR DE AHORA?

La apuesta continúa siendo por el teletrabajo pero cuando éste no sea posible se establecen varias medidas de seguridad para trabajadores. La empresa tiene que garantizar una distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros y tiene que haber a disposición de los trabajadores geles desinfectantes. Cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad, todo el personal debe llevar equipos de protección (como las mascarillas). Asimismo, se pide escalonar horarios para evitar coincidencias.

¿QUÉ COMERCIOS Y SERVICIOS REABREN CON LA FASE 1?

Los comercios minoristas y establecimientos de actividades de servicios profesionales que tengan menos de 400 metros cuadrados de superficie. La excepción son todos aquellos que, pese a cumplir este requisito, están ubicados dentro de los centros comerciales. Si no tienen un acceso independiente desde la calle no podrán abrir.

¿QUÉ MEDIDAS TIENEN QUE TOMAR LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES?

Son varias. Para empezar, sólo podrán abrir con un 30% del aforo normal y tiene que garantizarse una distancia social entre clientes de dos metros. Si esto no es posible, sólo podrá acceder al local una sola persona. Además, establece un estricto protocolo para la desinfección del establecimiento (mínimo dos veces al día), la atención del personal o la puesta a disposición del cliente de geles desinfectantes.

¿PUEDO IR A UN COMERCIO O UN BAR QUE ESTÉ A MÁS DE KILÓMETRO DE MI CASA? ¿Y FUERA DEL MUNICIPIO?

La respuesta es afirmativa a las dos preguntas. Las unidades territoriales (provincias, islas o zonas sanitarias) que se encuentren en Fase 1 tienen permitida la libertad de circulación de sus residentes por toda su extensión. Eso sí, no podrán hacerlo las personas con síntomas ni las personas vulnerables si su condición clínica no se lo aconseja.

¿EN QUÉ CONDICIONES ABREN LAS TERRAZAS DE BARES Y RESTAURANTES?

Tienen que estar al aire libre y, tras un cambio en los últimos días, el aforo máximo permitido será finalmente del 50%, aunque hay que garantizar las distancias de seguridad. En una misma mesa o conjunto de mesas puede haber un máximo de 10 personas, pues éste es el límite para las reuniones sociales. Se consideran terrazas al aire libre “todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos”.

¿QUÉ VA A CAMBIAR EN LOS BARES?

Se evitará el uso de cartas de uso común y se primará el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares. Asimismo, ya no se repartirán en las mesas productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares. Ahora se repartirán monodosis desechables. También se favorecerá todo lo que tenga que ver con un solo uso, para poder tirarlo, como los manteles de papel.

¿CÓMO AFECTAN LOS PROTOCOLOS A LAS TIENDAS DE ROPA? ¿PUEDO PROBARME UNA PRENDA? ¿Y DEVOLVERLA?

En los establecimientos del sector comercial textil, y de arreglos de ropa y similares, los probadores pueden seguir utilizándose, pero deberá hacerse por una única persona. Después de su uso se limpiarán y desinfectarán. Si el cliente no compra la prenda probada, el establecimiento tiene que higienizarla antes de volverla a poner en venta. Las devoluciones de ropa siguen operando igual, lo único es que la tienda tiene que desinfectar la prenda después.

¿QUÉ ACTIVIDADES COMERCIALES SIGUEN EXIGIENDO PEDIR UNA CITA PREVIA?

Los concesionarios de automoción, las estaciones para pasar la ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas.

¿CUÁNDO PUEDO IR AL MERCADILLO DEL AIRE LIBRE?

A partir de ahora se podrán instalar mercadillos siempre que sean al aire libre, pero la decisión última de cuáles lo harán queda en manos de los ayuntamientos, que son los que mejor conocen las peculiaridades locales. La regla general es que no puede haber más un 25% de los puestos y un máximo de un tercio de aforo habitual.

¿EN QUÉ CONDICIONES ABREN LOS LUGARES DE CULTO RELIGIOSO?

Los lugares de culto religioso abren de nuevo sus puertas. Las iglesias o las mezquitas sólo podrán congregar a un tercio de su aforo previsto y se establecerán estrictas medidas de seguridad y distanciamiento.

¿QUÉ VA A CAMBIAR EN LAS IGLESIAS O LAS MEZQUITAS?

En ningún caso se podrán distribuir objetos, libros o folletos y tampoco tocar o besar objetos. Tampoco están permitidos rituales con agua. Asimismo, por ahora no puede haber coros.

En el caso de los musulmanes, los asistentes que se sitúen directamente en el suelo y se descalcen antes de entrar en el lugar de culto usarán alfombras personales y se ubicará el calzado en los lugares estipulados, embolsado y separado.

¿PUEDO IR A UN VELATORIO?

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo en cada momento de 15 personas en espacios al aire libre o 10 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.

¿CÓMO FUNCIONARÁN LOS GIMNASIOS?

Tiene que hacerse en todo momento actividad individual y, para ello, habrá que solicitar cita previa. Es la medida adoptada para evitar acumulaciones y contactos. Tendrán un 30% del aforo, obligarán a un mínimo de dos metros de separación y las duchas y vestuarios permanecerán cerrados en todo momento. Una persona por entrenador.

¿CUÁLES SON LAS CONDICIONES GENERALES PARA PRACTICAR DEPORTE EN INSTALACIONES DEPORTIVAS?

Se podrá acceder a las instalaciones deportivas al aire libre, excepto a las piscinas y las zonas de agua. Como hay libertad de movimientos en la provincia, isla o zona sanitaria que se encuentra en Fase 1, cualquier persona podrá desplazarse los kilómetros que necesite para acudir a la instalación deportiva siempre y cuando ésta pertenezca a la misma unidad territorial. Una vez dentro, se permitirá la práctica deportiva individual o aquellas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas, siempre que no mantengan contacto físico y cumplan la distancia interpersonal de dos metros. La actividad requerirá cita previa. Habrá turnos y horarios, fuera de los cuales no se podrá permanecer en ella. Todas estas limitaciones no se aplican en la caza y la pesca.

¿PUEDO RETOMAR MIS CLASES DEPORTIVAS CON UN ENTRENADOR?

Lo primero es concertar una cita previa. Luego sólo se permitirá la atención a una persona por entrenador y por turno. Si el centro cuenta con varios entrenadores podrá prestarse el servicio individualizado a tantas personas como entrenadores disponga, no pudiendo en ningún caso superar el treinta por ciento del aforo de usuarios, ni minorar la distancia de seguridad de dos metros entre personas

¿Y PARA LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES Y FEDERADOS?

Abren los Centros de Alto Rendimiento. Los entrenamientos se realizarán preferentemente de forma individual, estableciendo turnos y horarios de acceso, y las tareas a desarrollar siempre se harán sin contacto físico y respetando la distancia de seguridad.

Respecto a las competiciones profesionales, como la Liga de fútbol, los clubes podrán desarrollar ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico y técnico, así como entrenamientos tácticos no exhaustivos, en grupos de un máximo de 10 deportistas, manteniendo la distancia interpersonal de dos metros. Una curiosidad: los periodistas no podrán asistir a estos entrenamientos para cubrir la información.

¿PUEDO IR A UN HOTEL?

Está permitido ir a un hotel cuando éste se encuentre en la misma provincia de residencia. No se puede salir de la provincia. Las restricciones operan en las zonas comunes, por ejemplo, está prohibido el uso de spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas o salones de eventos. Lo que sí se permitirá es el servicio de restauración exclusivamente para los clientes.

¿PUEDO IR A UNA BIBLIOTECA?

Se puede ir a la biblioteca a coger y devolver libros pero no para permanecer horas estudiando. Los libros prestados estarán 14 días apartados antes de poder estar disponibles.

¿ABREN LOS MUSEOS?

La Fase 1 permite la reapertura de los museos pero tan sólo con un tercio del aforo. No habrá actividades culturales complementaria y tampoco dispositivos táctiles, folletos o audioguías para la realización de las visitas. La consiga estará cerrada.

¿CUÁLES SON LAS CONDICIONES PARA IR A ACTOS O ESPECTÁCULOS CULTURALES?

Se podrá ir a teatros, cines u otros actos completando sólo un tercio del aforo y siempre que el público pueda sentarse. En espacios cerrados el máximo será 30 personas y si es al aire libre de 200. Las salas tienen que reducir el número de butacas y evitar el paso de personas entre filas. Del mismo modo, se hace hincapié en escalonar tanto la entrada como la salida. No se entregarán papeles o folletos y no se abrirán tiendas o cafeterías.

¿ABREN YA LOS SERVICIOS SOCIALES?

La Fase 1 permite la apertura de centros y servicios de usos sociales pero priorizando la vía telemática cuando sea posible. Se garantizará la disponibilidad de acceso a los servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.

¿CUÁLES SON LAS NOVEDADES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS Y UNIVERSITARIOS?

Su reapertura es sólo para desinfectar y acondicionar. Nada de dar calse. Se pueden hacer funciones administrativas y se pide limitar en la medida de lo posible el uso de documentos de papel. Una novedad importante es que se abren de nuevo los laboratorios universitarios para continuar con sus investigaciones.

¿PUEDO HACER TURISMO DE NATURALEZA?

Sí, pero en grupos de un máximo de 10 personas.

CAZA Y PESCA

En la fase 1 se permite la caza y pesca deportiva y recreativa.

¿CÓMO AFECTAN LA FASE 1 A LA PRODUCCIÓN AUDIVISUAL?

Se retoma con medidas de seguridad. Se podrán realizar rodajes en platós y espacios privados, así como en espacios públicos que cuenten con la correspondiente autorización del ayuntamiento.

¿PUEDO JUGAR A LA LOTERÍA O COMPRAR EL CUPÓN DE LA ONCE?

Los establecimientos de venta al público ya pueden abrir en esta fase. Sin embargo, las administraciones de lotería no abrirán por ahora

¿VUELVEN LOS CONGRESOS CIENTÍFICOS?

Se permitirá la realización de congresos, encuentros, eventos y seminarios en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación. Como en todo, hay límites en el aforo. La asistencia máxima será de 30 personas. La idea es que se participe a distancia por métodos telemáticos.

– FASE 2

España verá ampliada, a partir del día de hoy, algunas de las medidas ya autorizadas en la fase 1, en lo que afecta a comercios, establecimiento hoteles o restaurantes y bares, e incorporará otras nuevas para los territorios de Formentera, El Hierro, La Gomera y La Graciosa.

Empleo y concentración de personas.

La orden sigue recomendando el teletrabajo e incorpora medidas que buscan garantizar la protección de los trabajadores, así como para evitar la concentración de personas en determinados momentos en el nuevo escenario proporcionado por esta fase 2.

– Libertad de movimientos y contacto social. En el ámbito social, la orden flexibiliza las medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios, entierros y lugares de culto, y se permitirá la celebración de bodas para un número limitado de asistentes.

– Permite a la comunidades autónomas autorizar las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residenciales de personas con discapacidad siempre que no tengan casos de COVID-19 confirmados o haya residentes en cuarentena. Deberán concertar cita previa y podrá acudir un máximo de una persona por residente.

– Se flexibilizan medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios -máximo de 25 personas al aire libre y 15 en espacios cerrados-, entierros y lugares de culto -50 % del aforo-, y se permite la celebración de bodas para un tope de 100 asistentes al aire libre y la mitad en cerrados.

– Comercio.

En lo que respecta a comercio minorista y de prestación de servicios, se podrá proceder a la reapertura al público de centros y parques comerciales, los negocios de restauración, salvo discotecas y bares de ocio nocturno, podrán abrir nuevamente al público para consumo en el local.

– El aforo total del comercio minorista será del 40% y deberán garantizar un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
Los centros comerciales tendrán aforo total del 30 % -dentro de cada local de los centros comerciales es del 40 %- y no se permite el uso de zonas recreativas o áreas de descanso comunes.

– La orden amplía el número de puestos que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados y limita la afluencia de clientes para asegurar el mantenimiento de la distancia social de dos metros.

– Hoteles y alojamientos turísticos.

Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos, la de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, pero siempre con el límite de un tercio de su aforo y bajo medidas de seguridad.

Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras.
Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas.

– Hostelería.

Pueden reabrir al público para consumir dentro del local los establecimientos de hostelería y restauración, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, con un límite de aforo del 40 %.

El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Las condiciones de las terrazas siguen siendo las mismas que las fijadas en la orden de 9 de mayo.

– Cultura.

Los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar su actividad con butacas preasignadas y un tope de un tercio de su aforo y un máximo de cincuenta personas. Se recomienda la venta on line de entradas, y se permite la prestación de servicios complementarios, tales como tienda, cafetería o similares.

– En el caso de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo original ni reunir más de cuatrocientas personas.

La orden expone además las condiciones de salas de exposiciones, centros de exhibición, monumentos y otros equipamientos culturales. El aforo es un tercio del autorizado en condiciones normales y deben establecer condiciones para evitar aglomeraciones.
La orden incorpora medidas específicas para los trabajos asociados al montaje y desmontaje de exposiciones temporales. Las bibliotecas podrán acoger actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.

– Deporte.

Se permite practicar deportes a cualquier hora a las personas de hasta 70 años, excepto los tramos horarios las determinadas para los paseos de personas mayores.
Se disponen los criterios y condiciones para el entrenamiento en ligas no profesionales y para la reanudación de las ligas profesionales y la reapertura de las instalaciones deportivas cubiertas y de las piscinas para uso deportivo, por turnos horarios y con cita previa.

– Se amplían a veinte personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza, además de permitirse la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias sin que se supere la cifra de cincuenta asistentes.
La orden decide que será el Consejo Superior de Deportes quien decidirá el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar «por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma».

– Piscinas recreativas y playas.

Se establecen, asimismo, las condiciones para la apertura al público de las piscinas recreativas, que tendrán un aforo máximo del 30 % de capacidad de la instalación y cita previa.
También las del tránsito y permanencia en las playas, donde se permiten actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, con una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

– Congresos.

Se permite la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias en pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares. El tope es de 50 asistentes y se insta a promover la participación no presencial.

– Investigación.

Las orden establece las condiciones y el aforo máximo para la vuelta a la actividad de las residencias de personal investigador, científico y técnico.

DeporteFase2
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