Primero fue en Madrid y ahora en una localidad de Ciudad Real. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Ciudad Real ha rechazado algunas medidas adoptadas por la la Delegación Provincial de Sanidad para hacer frente al contagio comunitario detectado en Alcázar de San Juan.
En concreto, el auto del juzgado rechaza el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio o la prohibición de fumar en terrazas.
Tampoco ratifica que no se permita salidas de residentes de centros sociosanitarios salvo razones de «fuerza mayor», ni la prohibición de fumar en terrazas «independientemente de la distancia».
El auto tampoco da el visto bueno a la petición de la Delegación de Sanidad de suspensión de las actividades colectivas de ocio por su carácter genérico e indeterminado, ni al cierre cautelar de parques y jardines.
Según el TSJCM, estas cinco medidas no se ratifican judicialmente por no reunir los requisitos mínimos de proporcionalidad y vulnerar de manera absoluta derechos fundamentales sin la debida justificación y motivación.
El resto de medidas resueltas por el delegado provincial de Sanidad en Ciudad Real para Alcázar de San Juan se ratifican judicialmente para un plazo inicial de 14 días y a expensas de la evolución de la situación epidemiológica en la localidad.