Rebajas fiscales para el fomento de la natalidad

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deducciones fiscales para fomentar la natalidad.

La Estrategia de Protección a la Maternidad y Paternidad y de Fomento de la Natalidad y la Conciliación 2022-2026 recoge las rebajas fiscales dirigidas a favorecer la natalidad y emancipación de los jóvenes.

Está previsto que la rebaja fiscal beneficie a 91.000 contribuyentes y supondrá un ahorro fiscal de 34,7 millones de euros en el primer año, según fuentes de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

El Plan incluye 80 medidas en torno a tres ejes: apoyo a la natalidad, protección a la maternidad y a la paternidad y conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

Además, se distribuyen en seis líneas de actuación: Ayudas directas y beneficios fiscales al nacimiento de hijos, medidas para proteger la maternidad y la paternidad, medidas para favorecer el acceso al mercado laboral de manera estable, medidas para facilitar el acceso a la vivienda, ayudas a las familias, medidas instrumentales.

Ayudas fiscales al nacimiento de hijos

Se trata de una las medidas recogidas en la Estrategia de deducciones fiscales para fomentar la natalidad. Estas son las medidas fiscales previstas para 2022-2026.

Mujeres menores de 30 años

Ayuda económica directa de 14.500 euros. Comenzará con una ayuda de 500 euros mensuales desde el quinto mes de embarazo y hasta que el bebé cumpla los dos años, lo que supone un total de 14.500 euros por hijo.

La ayuda está dirigida a mujeres menores de 30 años que lleven más de diez empadronadas en la Comunidad de Madrid en el momento de su embarazo, y es compatible con una actividad laboral remunerada. Se podrá recibir siempre que los ingresos de la solicitante no superen los 30.000 euros anuales.

Ampliación deducciones fiscales por hijo

Se amplía la deducción por nacimiento o adopción de hijos. La deducción en la renta se incrementa de 600 a 700 euros anuales aplicables tanto en el año del nacimiento o adopción como en los dos siguientes.

A lo largo de los tres años posteriores al nacimiento o adopción, la deducción aplicable llegará hasta 2.100 euros. Para acogerse a esta deducción, la suma de la base imponible general y la del ahorro no debe ser superior a 30.000 euros en tributación individual o a 36.200 euros en tributación conjunta.

Deducción por adopción

Las personas que adopten niños podrán aplicarse una deducción de 600 euros en el impuesto de la Renta por cada niño adoptado siempre que dicha adopción tenga el carácter de internacional.

Acogimiento de menores

Se podrán deducir en el IRPF hasta 900 euros aquellas personas que entren dentro del programa de acogimiento familiar de menores. Una cuantía variable en función del régimen de acogimiento que tenga el contribuyente durante 183 días mínimo.

Las cuantías previstas son:

  • Primer menor acogido: 600 euros.
  • Segundo menor acogido: 750 euros.
  • Tercer menos acogido y siguientes: 900 euros.

La suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente, no debe ser superior a 25.620 euros en tributación individual o a 36.200 euros en tributación conjunta.

Ayudas para empleados públicos

Hasta 1.100 euros por nacimiento, adopción, acogimiento permanente o temporal para empleados públicos. Solo se considerará acogimiento temporal aquel que tenga una duración superior a un año.

En el supuesto de que ambos progenitores reúnan los requisitos establecidos, solo uno de ellos podrá ser beneficiario de esta ayuda.

Otras ayudas económicas

Otras ayudas económicas dentro del plan es la mejora de la deducción por la contratación de cuidadores de hijos menores de tres años que será del 25% de las cotizaciones a la Seguridad Social.

También se contempla una nueva deducción por el pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por menores de 30 años, que se podrán deducir de la cuota íntegra del IRPF el 25% de los intereses de la hipoteca para adquirir su vivienda habitual, hasta un máximo de 1.000 euros anuales.

Incluye además una nueva deducción por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos, que alcanzará el 10% del precio de adquisición, prorrateado en diez años, de la cuota íntegra del IRPF, con un límite anual de 700 euros.

Habrá una mejora de la deducción por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes, que podrán deducirse en el IRPF hasta un máximo de 1.200 euros, un 20% más del límite actual. Esta deducción por arrendamiento de la vivienda habitual llega hasta los menores de 40 años cuando presenten obligaciones familiares o se encuentren en situación de desempleo.

El texto contiene una nueva deducción por la obtención de la condición de familia numerosa de categoría general o especial: las familias numerosas de categoría especial no pagarán la cuota autonómica del IRPF durante tres años y las de categoría general pagarán solo la mitad.