Siete meses del primer estado de alarma desde el inicio de la pandemia, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado el que será el cuarto de la democracia. La principal diferencia respecto al último es que no paraliza la actividad del país ni impone el confinamiento domiciliario de los ciudadanos. Pero, ¿qué supone? Con la multitud de medidas que han entrado en vigor por regiones desde la segunda ola del coronavirus, y con un nuevo decreto inminente, es lógico que surjan dudas respecto a la nueva situación. Por ello, a continuación, damos respuesta a algunas de ellas.
¿Cuándo entra en vigor el estado de alarma?
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica el domingo 25 de octubre el decreto del nuevo estado de alarma aprobado por el Gobierno, por lo que entra en vigor la tarde del domingo.
¿Hasta cuándo se extiende el estado de alarma?
El objetivo del Gobierno es que esta situación sea prolongada por las Cortes Generales durante seis meses, hasta el 9 de mayo. No obstante, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha señalado que no es «inamovible» porque el Gobierno se compromete a levantar el estado de alarma en cuanto la situación lo permita. «Ni un día más ni un día menos con el estado de alarma», ha afirmado.
¿Tengo que quedarme en casa durante el estado de alarma?
No, excepto en el horario de ‘toque de queda’, se permite salir de casa. No obstante, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha pedido a la ciudadanía «que respete las normas y se quede en casa en la medida de lo posible, que limiten los contactos innecesarios».
¿Cuál es el objetivo del Gobierno?
El objetivo del Gobierno es bajar de una incidencia acumulada por debajo de los 25 casos por cada 100 000 habitantes. La incidencia actual es de 368 casos.
¿Quién es la autoridad en las CCAA con el nuevo estado de alarma?
El decreto aprobado reconoce desde ya a los presidentes autonómicos como autoridades delegada en sus comunidades. Asimismo, se establece que el espacio de cogobernanza entre las diferentes CCAA, y donde se detallarán nuevas medidas o se modularán las actuales, será el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS).
Con la declaración del estado de alarma, ¿las CCAA no pueden tomar medidas adicionales?
El Consejo Interterritorial puede reducir o ampliar medidas en función de la evolución de la pandemia.
¿Hasta cuántas personas se pueden reunir en un espacio público o privado?
Los gobiernos regionales pueden limitar reuniones sociales que superen las seis personas, salvo que sean convivientes, tanto en lugares públicos como en privados.
¿Pueden las comunidades ‘confinar’ territorios?
Los gobiernos autonómicos están facultados con el estado de alarma a aplicar un cierre de entrada y salida de todo su territorio o parte de él, con excepciones justificadas para ciudadanos que deban desplazarse por motivos sanitarios, educativos, laborales o cuidados de familiares, entre otros.
¿A qué hora no se puede salir a la calle?
En principio, el confinamiento nocturno se establece, de forma general, entre las 23.00 y las 06.00 horas, pero se permite a las CCAA modular que esa restricción entre en vigor desde las 22.00 horas hasta las 00 horas, y que su vigencia acabe desde las 05.00 horas hasta las 07.00 horas. Por ejemplo, en Cataluña es de será de 22.00 horas a 6.00 horas y en Baleares de 23.00 horas a 6.00 horas.
¿Hasta cuándo se extiende el ‘toque de queda’?
Las comunidades autónomas podrán levantar a partir del 9 de noviembre, en función de cómo evolucione su situación epidemiológica, el toque de queda nocturno fijado por el nuevo estado de alarma.
¿A qué comunidades se aplica el ‘toque de queda’?
En el decreto aprobado el domingo se establece la obligatoriedad del toque de queda en todas las comunidades menos en Canarias por su buena situación epidemiológica.