Una de las principales novedades introducidas en la reforma de la ley del aborto aprobada el martes en el Consejo de Ministros, para su remisión a las Cortes, es que para evitar situaciones de violencia obstétrica y promover los derechos reproductivos se exija «de forma preceptiva el consentimiento libre, previo e informado de las mujeres en los tratamientos invasivos durante la atención al parto«. En el texto legal aprobado en mayo se exceptuaba este requisito en las «situaciones en las cuales la vida de la madre o el bebé esté en riesgo», pero el Ejecutivo ha eliminado ahora esta excepción en coherencia con la ley de la autonomía del paciente y para respetar aún más la voluntad de la mujer, en línea con las peticiones de diversas entidades sociales.
Pero, ¿cómo se recaba un consentimiento por escrito en una situación donde la vida de la madre o el bebé corre peligro y hay que actuar en minutos para realizar una cesárea de urgencia, usar los fórceps o realizar una episiotomía? Los médicos consideran que, en estas situaciones, se debería pedir el consentimiento informado de forma verbal y después incorporarlo a la historia clínica. Es la opinión del presidente de la Organización Médica Colegial, Tomás Cobo, y del presidente de la Sociedad Española de Ginecología, Txantón Martínez-Astorquiza.
El texto aprobado por el Ejecutivo no especifica si el consentimiento será verbal o escrito pero se remite a la ley del paciente, que fija que «toda actuación, en el ámbito de la sanidad, requiere el consentimiento de los pacientes», que debe efectuarse después de que el enfermo «reciba una información adecuada». En su artículo 4, dicha ley señala que el consentimiento será verbal, «por regla general», y escrito ante una «intervención quirúrgica y procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores».