RESOLUCIÓN JUDICIAL El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Castilla y León ha estimado el recurso presentado por Iñaki Urdangarin, en el que solicitaba su clasificación en tercer grado, en contra del acuerdo de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que acordó el mantenimiento del segundo.
Según informó el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León este jueves, la resolución judicial, que “no es ejecutiva en tanto en cuanto no sea firme”, va en la línea de la propuesta formulada en su momento por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Ávila, favorable a la concesión del tercer grado.
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias rechazó el 17 de julio la petición de la Junta de Tratamiento de la prisión abulense de que se concediera el régimen abierto al marido de la infanta Cristina, pero permitió que saliera un fin de semana al mes en aplicación del artículo 100.2 del Régimen Penitenciario.
Era una decisión que debía ser ratificada por el juez de Vigilancia Penitenciaria, que en un auto del pasado 14 de agosto así lo hizo y permitió que el recluso saliera un fin de semana al mes para paliar la situación de aislamiento en la que vive en la cárcel de Brieva, una prisión para mujeres.
La Fiscalía, que anunció su rechazo al auto, lo recurrió, y será la Audiencia de Palma la que resuelva.
Ahora, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León ha estimado el recurso de Urdangarin, concediéndole el tercer grado en atención a los “factores positivos concurrentes” recogidos en el Acuerdo de la Junta de Tratamiento