El teletrabajo será pactado con la empresa y al menos del 30% de la jornada

IMG 4388 scaled
IMG 4388 scaled

El Ministerio de Trabajo, la patronal y los sindicatos se reunieron este martes para discutir el último borrador para el anteproyecto de ley que regulará el teletrabajo. Las fuentes consultadas coinciden en que el acuerdo está cerca, y el documento sobre el que se negocia incorpora importantes novedades, entre ellas, que el teletrabajo no podrá ser decidido unilateralmente por la empresa ni por el trabajador y que deberá afectar al menos al 30% de la jornada laboral.

En su borrador inicial, al que accedió 20minutos.es, el Gobierno planteaba que ese porcentaje fuera como mínimo del 20%, pero lo ha elevado a petición de la patronal, que quiere evitar que los trabajadores pidan masivamente trabajar el viernes desde casa. Las fuentes consultadas son optimistas sobre la posibilidad de alcanzar un acuerdo estos días, y Trabajo baraja incluso aprobarlo por decreto.

Voluntario para ambas partes

El borrador señala que «el trabajo a distancia será voluntario para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma» de un acuerdo por escrito, que podrá suscribirse tanto cuando se firme el contrato como más adelante. 

Cuando sea aprobada, la normativa se aplicaría solo a los empleados del sector privado, ya que los funcionarios y trabajadores del sector público se regirían por su propia normativa. Los sindicatos, no obstante, piden que se les aplique esta ley hasta que esa normativa esté vigente. Por su parte, los empleados que ya estén teletrabajando también se verían afectados, aunque quienes tengan condiciones más beneficiosas que las que establecería la norma las mantendrían.

Reversible en todo momento

La decisión de teletrabajar, deja claro el borrador de la norma, será «reversible» en todo momento, con un plazo de aviso previo que deberá fijarse en el acuerdo entre la empresa y el trabajador o la sección sindical. Las condiciones para esta reversibilidad estarán establecidas en el convenio o el contrato, pero «la negativa de la persona trabajadora a trabajar a distancia, su falta de adaptación» o «el ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial» no podrán ser en ningún caso causas que justifiquen el despido, deja claro el borrador. Tampoco se podrán modificar «sustancialmente» las «condiciones de trabajo» por esta causa.

Menores y trabajadores en prácticas o formación

Todos los trabajadores podrán acogerse a la modalidad de trabajo a distancia a excepción de los que tengan 16 o 17 años. Asimismo, «en los contratos en prácticas y los contratos para la formación y el aprendizaje sólo cabrá un acuerdo de trabajo a distancia que garantice, como mínimo, un porcentaje del 50% de prestación de servicios presencial«, explicita el borrador.

El documento que se firme entre la empresa y el trabajador tendrá que recoger expresamente un inventario de los medios y herramientas necesarias para teletrabajar. Y, según el borrador de la norma, la compañía tendrá que hacerse cargo de la parte proporcional de los gastos que tenga el empleado por prestar los servicios a distancia, y también tendrá que proporcionarle los equipos y medios para trabajar. La forma de compensar estos gastos se establecerá en el convenio colectivo o en la negociación entre la representación sindical y la empresa.

Derecho a desconectar

El empleado que se acoja al teletrabajo tendrá los mismos derechos que cualquier otro trabajador de la empresa (a la formación, a la promoción interna, al registro horario…). También se establece a través de un artículo el derecho a la desconexión digital, por el cual los empleadores tendrán obligación de limitar «el uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso». No obstante, cómo se garantizará este derecho en la práctica es una incógnita, ya que las medidas concretas dependerán de la «negociación colectiva» o un acuerdo con la empresa.

Control al trabajador

El empleador podrá controlar a los empleados que trabajen a distancia a través de «las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control», que no se detallan. Únicamente se establece como limitación que no se debe violar la «dignidad» del trabajador./Daniel Ríos