En una reciente y controvertida decisión, el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia que condena a un individuo a 34 años y medio de prisión por proveer cocaína y agredir sexualmente a dos adolescentes bajo la tutela de la Junta de Castilla-La Mancha. Si bien la pena es significativa, las disposiciones de la reciente ley «solo sí es sí» habrían conllevado a una condena aún más severa.
Antecedentes del Caso
En este caso descrito como «repulsivo», no se pudo aplicar la ley de garantía integral de la libertad sexual, optando en cambio por el Código Penal anterior, que resultaba menos estricto para el acusado. Así, la Audiencia Provincial de Albacete en mayo de 2022, había estipulado doce años de prisión por la agresión a una de las víctimas y trece años y medio por delitos continuados contra la otra. Adicionalmente, se impusieron dos años por corrupción de menores y siete años por un delito contra la salud pública.
Detalles del Incidente
Las víctimas, dos adolescentes de 15 y 16 años, residían en un hogar protegido en Albacete, gestionado por la asociación Atreo-Colabora, del cual habían escapado previamente. Según la sentencia, en agosto de 2020, ambas se dirigieron en taxi a un polígono, donde las esperaba el acusado. La adolescente mayor ya había establecido un contacto previo con este hombre, quien le ofrecía cocaína a cambio de favores sexuales. Durante esta ocasión, ambas jóvenes consumieron la droga. Cuando la menor de ellas se sintió mal, el acusado la llevó al baño, donde la agredió a pesar de sus intentos desesperados por defenderse.
La adolescente mayor tenía un historial con el acusado, ya que su madre había alquilado previamente una habitación al hombre en su domicilio en Albacete. Fue en esa vivienda donde inicialmente fue agredida e introducida a la cocaína. El hombre continuó suministrándole la droga a cambio de favores sexuales, incluso después de que la joven fuera reubicada en el hogar de protección en 2019. A pesar de la evidencia presentada, la Audiencia de Albacete decidió exonerar a la madre de la joven, previamente acusada de explotación sexual en relación con su hija.
Decisión del Tribunal Supremo
Rechazando cualquier recurso presentado por la defensa del acusado, el Tribunal Supremo avaló las declaraciones de las víctimas, respaldadas por informes médicos y psicológicos, así como testimonios de testigos presenciales. La sala penal del tribunal también refutó la sugerencia de que el consumo de drogas pudiera haber afectado las capacidades mentales del acusado, destacando que no hay evidencia que sugiera que el consumo le impidiera reconocer la naturaleza ilícita de sus acciones.
Los magistrados finalmente destacaron la gravedad de las acciones del acusado, señalando que involucran a menores de edad, drogadas y manipuladas para obtener favores sexuales a cambio de sustancias ilegales.