El acuerdo alcanzado a última hora entre Junts y el PSOE para eliminar el artículo 43 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a cambio del apoyo a los decretos ‘ómnibus’ y anticrisis del Ejecutivo, podría no tener el impacto esperado. Este compromiso se centraba en facilitar la aplicación de la futura ley de amnistía relacionada con el ‘procés’ independentista en Cataluña.
Cuestión Prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE
El principal obstáculo para el efecto de este acuerdo es la posibilidad de que el Tribunal Supremo plantee una cuestión prejudicial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la legalidad de la futura ley de amnistía. Según la normativa europea, específicamente el artículo 23 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), los procedimientos se suspenderán mientras se tramita la consulta de un órgano jurisdiccional nacional.
Suspensión de Procedimientos
Si el Tribunal Supremo recurre al TJUE, se espera la parálisis de las causas relacionadas con el ‘procés’ y otras derivadas de la deriva independentista, como las causas de los CDR o Tsunami Democràtic, mientras el Tribunal de Justicia europeo se pronuncia. Este hecho podría dilatar significativamente la resolución y efectividad de la futura ley de amnistía.
Consecuencias del Acuerdo
Por lo tanto, la última concesión del Gobierno español al partido independentista Junts podría no tener efectos reales en la práctica si se aprueba la futura ley de amnistía. Esta situación destaca la complejidad jurídica y política en la relación entre la legislación nacional y las normativas y procedimientos de la Unión Europea.