Grande-Marlaska destaca la importancia de la “colaboración institucional” al celebrar un nuevo convenio con el Consejo de Seguridad Nuclear

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El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), Juan Carlos Lentijo, han firmado este miércoles un nuevo convenio de colaboración para reforzar e incrementar la protección física de las instalaciones, de los materiales y de las actividades nucleares y radiactivas.

Marlaska ha señalado que “la firma de este convenio es un buen ejemplo de la necesaria colaboración institucional en una materia tan delicada como la protección integral del sector nuclear, cooperación que eleva el nivel del servicio público que tanto el Ministerio del Interior como el Consejo de Seguridad Nuclear prestamos en nuestros respectivos ámbitos de competencias”.

El acuerdo, que sustituye al anterior convenio, subscrito en 2007, y que tiene una duración de cuatro años, fomentará el intercambio de información, experiencia y conocimientos entre el Ministerio del Interior y el Consejo de Seguridad Nuclear en el desempeño de sus respectivas funciones y competencias.

El compromiso involucra específicamente a la Secretaría de Estado de Seguridad como responsable de garantizar la seguridad ciudadana. Para llevar a cabo la aplicación y el desarrollo de este acuerdo, ambas instituciones constituirán una comisión de seguimiento que se reunirá tantas veces como sea necesario y, al menos, una vez al año.

PLANES DE PROTECCIÓN FÍSICA

En España, los titulares de las centrales e instalaciones nucleares y radiactivas, en coordinación con el CSN, cuentan con planes de protección física en los que se describe el sistema de seguridad física de una instalación nuclear, de un material nuclear, de una fuente radiactiva, o de un transporte de material nuclear o radiactivo, en el que se establecen las medidas que se deben aplicar para garantizar su protección y evitar casos de robo, hurto u otra apropiación ilícita, así como para evitar actos de sabotaje.

El diseño, desarrollo e implantación de las medidas de seguridad interior son responsabilidad exclusiva del titular de la instalación o material y están descritas con la amplitud y el detalle necesario y recogidas en un plan de protección física específico que se desarrolla en procedimientos organizativos, operativos, de actuación ante contingencias y para la elaboración, registro y custodia de la información sobre protección física de la instalación.