¿Son legales o no las participaciones de Lotería de Navidad?

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participaciones en la Lotería de Navidad son muy comunes y casi una tradición entre amigos, familiares o compañeros de trabajo. Con ellas se permite repartir los gastos de cada décimo del Sorteo de Navidad y poder comprar más de un número, aunque el premio también debe repartirse entre las partes de acuerdo con lo aportado. Sin embargo, las participaciones de los décimos para el Sorteo Extraordinario de Navidad no son una práctica de la que se responsabilice Loterías y Apuestas del Estado, que solo responde del décimo original comprado para repartir el premio del sorteo de la Lotería Nacional de España en caso de que lo hubiera.

No contar con el respaldo de Loterías y Apuestas del Estado genera muchas dudas sobre si las participaciones de la Lotería de Navidad 2021 son legales o no. El Sorteo Extraordinario de Navidad se celebra en cuestión de días, el 22 de diciembre, por lo que si por el momento no has generado las participaciones para el sorteo es importante conocer cómo hacerlo antes de compartirlas con otros miembros, también si se hace llegar la información sobre el décimo de Lotería de Navidad a través de WhatsApp.

Participaciones de Lotería de Navidad, ¿son legales?

Las participaciones del Sorteo de Navidad 2021 son una práctica muy extendida, incluso en escuelas o peñas de Lotería de Navidad y, aunque se suele hacer entre personas de confianza, el cobro del premio puede resultar problemático. Sin embargo, es importante saber que las participaciones de la Lotería de Navidad sí son legales, por lo que no se está cometiendo ninguna infracción, pero deben hacerse correctamente a través de un contrato legal y talonarios emitidos entre las partes que especifique toda la información del Sorteo Extraordinario de Navidad, la compra del décimo y otras condiciones de la Lotería de Navidad.

Además, Loterías y Apuestas del Estado protege la reventa de los décimos en aquellos casos en los que se busque un beneficio económico, como especifica el artículo 2 de la Instrucción General de Loterías, que señala: «Considerada la Lotería Nacional como un servicio explotado por la Administración, y sus billetes como efectos estancados, se declara prohibida la reventa de los mismos con sobreprecio, castigándose esta reventa con arreglo a la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación». Es importante tener en cuenta que el precio de los décimos de la Lotería de Navidad es de 20 euros y que, en caso de encontrarlos a un precio distinto, podría tratarse de una estafa.

Sobre la responsabilidad del comprador del décimo en las participaciones de Lotería de Navidad, el mismo documento añade en el artículo 11: «Los billetes de la Lotería Nacional son documentos al portador, por lo cual no se reconoce más dueño de ellos que la persona que los presente, sin perjuicio del derecho de tercero, cuya declaración corresponde a los Tribunales ordinarios».