Juana Rivas debido a que no presenta ningún motivo «excepcional» que lo justifique. Además, ha añadido que la eliminación de la condena supondría un «ataque frontal» a la función preventiva de la pena que «alienta» otras conductas similares. Todo ello se recoge en el auto, al que ha podido acceder la agencia de noticias EFE, con fecha del pasado 1 de julio
Juana Rivas fue condenada a dos años y medio de prisión después de permanecer durante más de un mes en paradero desconocido con sus dos hijos menores para no entregarlos al padre, el italiano Francesco Arcuri.
«La penada no se ha arrepentido»
El texto da respuesta a la segunda petición de indulto de Juana Rivas, la primera se produjo antes de su entrada en prisión y también fue rechazada, y en él se esgrime que no hay ninguna justificación para otorgarlo, que «no concurre ningún motivo excepcional» y que «la penada no se ha arrepentido».
«Toda medida adoptada con respecto a un penado debe contemplar la perspectiva de su reinserción y la acusada no ha dado ninguna muestra de su predisposición a la reinserción», ha añadido el titular del Penal 1.
No protegía a sus hijos
El auto descarta también que la desaparición con sus dos hijos menores se motivara en el deseo de protegerlos de su padre, al cual la propia Juana Rivas acusaba de maltratado, ya que no hay ninguna condena que apoye esta acusación. Por ello, el titular del penal no cree que este sea un argumento se deba tener «en cuenta para indultar».
«En cierto modo anima y alienta otras conductas similares de individuos que pueden lanzarse al delito, en la creencia de que al final, desde el ámbito Ejecutivo, le van a indultar», ha añadido el texto.