El Sindicato de Policía Local de Castilla-La Mancha (SPL-CLM) ha anunciado en nota de prensa que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado su recurso de apelación y declara nulo el Calendario Laboral de la Policía Local aprobado de forma unilateral por el Ayuntamiento de Toledo para el año 2017 al no haberse negociado tal y como establece también el propio Acuerdo Marco.
Y es que, según este texto, “el cuadrante debe ser anual, negociado y publicado con suficiente antelación a su aplicación para garantizar el derecho de conciliación y planificar con antelación suficiente tanto las obligaciones profesionales como las personales y familiares”.
“Asimismo, el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales que afecta a todos los agentes de Castilla La Mancha también establece este carácter anual y que debe ser acordado”, recuerdan desde el sindicato. “El Ayuntamiento de Toledo en el año 2017 no cumplió las normas de negociar y publicar con antelación el calendario laboral de los policías locales, incumpliendo las medidas en materia de conciliación laboral”.
En el año 2017 el Sindicato pidió al Ayuntamiento “que les facilitara el cuadrante anual, para poder conciliar las responsabilidades familiares y laborales, incumpliendo por parte de la Administración local las condiciones que deben regir el mismo”. Para el sindicato es una práctica que “lamentablemente se da muy frecuentemente en algunos cuerpos de Policía Local negando lo más básico que se precisa para organizar las responsabilidades familiares que es conocer con antelación cuando se debe ir a trabajar”.
Estos hechos fueron denunciados por el sindicato “y no ha sido hasta junio del año 2021 cuando el Tribunal de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado el recurso interpuesto por el SPL-CLM y ha declarado nulo el cuadrante del mes de enero del 2017 por no ajustarse a las condiciones de negociación establecidas”.
“Se lamenta que estas acciones de la Administración se tengan que elevar a instancias judiciales para que se cumplan derechos fundamentales”, subrayan desde el sindicato.
“Los Policías Locales están entre los empleados que tienen más difícil la conciliación, cubren turnos, las 24 horas, los 365 días del año y por la naturaleza de su trabajo no son beneficiarios de las medidas de conciliación de carácter general que aplican las administraciones a otros trabajadores: teletrabajo, flexibilidad horaria y de más acciones en materia de permisos y licencias”, recuerda el SPL.
El sindicato explica que, con el cumplimiento de la normativa, se rompería la brecha de género que sufren los Cuerpos de Policía Local en la región donde solo el 10% de la plantilla está compuesta por mujeres. “De los aproximadamente 2.000 componentes de la región, solamente 187 son mujeres”.