Una menor de 14 años da a luz a un bebé de su padrastro al que absuelven de abuso sexual

detenida en jaen la menor que agredio a otra mientras la grababan
detenida en jaen la menor que agredio a otra mientras la grababan

Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha absuelto a un hombre de haber abusado sexualmente de una hijastra de 14 años en Pamplona. La menor exculpó a su padrastro en el juicio y relató que fue ella quien, estando él dormido y «borracho» en el sofá, se puso encima suya y mantuvo la relación sexual sin que el procesado se percatara.

Los magistrados consideraron finalmente que no está probado que, en el mes de marzo de 2018, el procesado, «al que la menor trataba como un padre, y aprovechándose de esta situación», hubiera mantenido relaciones sexuales completas con su hijastra. Tanto su madre como su padrastro se enteraron de que la menor estaba embarazada el mismo día en que dio a luz, el 1 de diciembre de 2018.

En el momento de su detención el encausado prestó su consentimiento para la obtención de muestras de ADN. El informe genético realizado por el laboratorio de Nasertic determinó que la probabilidad de que sea el padre biológico del bebé es de 99,999999987%.

En la sentencia, que puede ser recurrida, el tribunal recoge el informe pericial forense, según el cual, «desde el punto de vista médico», no se puede descartar «la posibilidad de tener una erección del pene en estado de impregnación alcohólica, en dosis moderadas de alcohol con cifras de alcoholemia medias». De modo que, según el informe forense, «el expresado nivel de alcoholemia no impide esta actividad/función».

En relación con la prueba practicada, el tribunal destaca que, desde su primera declaración, el inculpado «ha mantenido una versión constante y uniforme» acerca de los hechos imputados, que siempre negó.

Respecto de la menor, la Audiencia señala que, en la prueba preconstituida, a preguntas de la juez instructora, fue «incapaz de hacer una acción libre de lo sucedido y durante la declaración adoptó una postura corporal algo encogida y cerrada, mantuvo la cabeza y la mirada baja».

En cualquier caso, concluyen los magistrados, «valorando el contenido íntegro de las expresadas declaraciones, no es posible obtener los elementos» de convicción «que permitan considerar la realidad de una conducta penalmente relevante reprochable» al acusado.