El Gobierno de España ha ampliado a los pasajeros
procedentes de Botsuana, Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania,
Zambia, Zimbabue, Perú y Colombia, la obligación de guardar un período de
cuarentena de 10 días, como medida de contención frente a las nuevas
variantes del COVID-19.
Los pasajeros de vuelos procedentes de estos 10 países se suman así a los de
Brasil y Sudáfrica, a los que ya se venía aplicando esta medida desde el pasado
22 de febrero y a los que se continuará reclamando el cumplimiento de esta
medida.
Como figura en la Orden Ministerial, firmada por la ministra de Sanidad, Carolina
Darias, y que recoge hoy el BOE, este período de cuarentena que se podrá
reducir a 7 días, en caso de que, una vez finalizada la cuarentena inicial de una
semana, se aporte una RT-PCR negativa u otras pruebas basadas en técnicas
moleculares equivalentes o test de antígenos que tengan un rendimiento mínimo
igual o superior al 90% de sensibilidad e igual o superior al 97% de
especificidad.
La medida entrará en vigor el próximo 8 de marzo a las 00:00 horas por un
período inicial de 14 días naturales, pudiendo ser prorrogada de mantenerse las
circunstancias que la motivan.
Los viajeros procedentes de estos 12 países deberán asimismo permanecer en
su domicilio o alojamiento, limitando los desplazamientos y el acceso a terceras
personas al domicilio o alojamiento a los imprescindibles.
Tanto en sus desplazamientos como en su contacto con convivientes y con
quienes les proporcionen los bienes o servicios indispensables para garantizar
su alimentación, limpieza y, en su caso, cuidados sanitarios, se deberán
observar todas las medidas de higiene y prevención de la transmisión de la
enfermedad provocada por la COVID-19.