Se tiene previsto actuar en la CR-5031, de Puertollano al El Villar, del punto kilométrico 9’270 al 10’377 (Travesía de El Villar); en la CR-5032 CR-5031 a CR-504- Variante de El Villar; en la CR-504a Travesía de Calzada; en la CR-504b Travesía de Alameda; y en la CR-5042 Viso del Marqués a San Lorenzo de Calatrava.
Del mismo modo, se han incluido actuaciones en la CR-5045 CM-4111 a CR-5042, variante de El Viso del Marqués; en la CR-5214 A-4 a CM-4117, Consolación-Berzosas; en la CR-6331, de Santa Cruz de los Cáñamos a Terrinches; y en la CR-6441, de Valdepeñas a San Carlos del Valle.
Salvo acciones puntuales ya previstas en cada una de las carreteras, en todas ellas se tiene previsto mejorar notablemente el firme y la señalización, tanto horizontal como vertical, con el objetivo de lograr una mayor seguridad vial y ampliar la durabilidad del pavimento.
En las vías que sea necesario, se rehabilitarán o construirán obras de fábrica necesarias para el correcto funcionamiento de los drenajes, tanto longitudinales como transversales, imprescindibles para evacuar las aguas de lluvia y lograr que la conducción resulte más segura. Se pretende evitar, además, el deterioro de estas carreteras en un breve espacio de tiempo, ya que sus respectivas reparaciones a posteriori resultarían mucho más costosas.
Por otro lado, se procederá a pavimentar en estas carreteras con uno de los tipos que se mencionan a continuación. O mediante Mezcla bituminosa en caliente tipo AC 16 surf s, ya que en las carreteras que se ha proyectado este pavimento el firme presenta deformaciones que se pretenden corregir, además de impermeabilizar las capas inferiores; o por micro aglomerado en frío microf 8, para las vías que no presentan deformaciones y necesitan que se impermeabilicen las capas inferiores, de modo que, al igual que en el primer caso, se contribuya a incrementar durabilidad del asfalto.
El plazo de ejecución de las obras, según se desprende de la información que obra en el Perfil del Contratista de la Diputación de Ciudad Real, será de seis meses, período de tiempo que se contabilizarán a partir de la comprobación de replanteo.