Las multas por entrar o salir de Madrid entrarán en vigor a partir de hoy miércoles

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Madrid capital y nueve municipios más de la autonomía se cerraron el pasado viernes para frenar la expansión de la Covid. Sin embargo, es una clausura que de momento no trae consecuencias para los que decidan no cumplirla. Y es que, las autoridades tan solo pueden informar a los infractores, no sancionarles, porque los tribunales todavía no han ratificado dichas restricciones. Además del cierre de ciudades con una incidencia superior a los 500 casos de coronavirus en las últimas dos semanas, una tasa de positividad superior al 10% y una ocupación de camas por pacientes en unidades de cuidados intensivos superior al 35%, las medidas también suponen el cierre de locales a las 10 de la noche y una significativa reducción de los aforos.

Es el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) quien debe ahora dar luz verde a estas restricciones. Después de publicarlas en su boletín oficial el pasado viernes por la tarde (horas después de presentar su recurso ante los tribunales), la Comunidad envió ayer el informe en el que sus juristas piden al TSJM avalar las medidas, aunque el Gobierno regional rehusó hacer público su contenido.

Comenzó así un plazo de tres días para que la Sala Octava de lo Contencioso-Administrativo delibere y dé su visto bueno, aunque fuentes del propio tribunal afirman a 20minutos que esa decisión llegará hoy el miércoles. Desde la Comunidad recuerdan que será entonces cuando entren en vigor las multas y también que la última vez que tuvieron que aceptar unas restricciones los jueces «consumieron el plazo». Fue con el confinamiento selectivo de 37 zonas básicas de salud de Madrid. El tribunal las avaló el viernes 25 de septiembre y las medidas habían entrado en vigor el lunes anterior. En su auto, que contó con un voto particular, el TSJM consideró las restricciones «necesarias e idóneas«.

Por su parte, el ministro de Sanidad Salvador Illa, quiso ser cauto ayer al ser preguntado por si el TSJM decidía hacer decaer las medidas. «Vamos a esperar«, aseguró en una rueda de prensa en la que también recordó que las restricciones tienen otras vías judiciales que superar.

No obstante, la Audiencia Nacional ya declinó ayer suspender temporalmente la entrada en vigor de las medidas. Rechazó así el recurso de un abogado particular que había solicitado cautelarísimas, diferentes a las cautelares pedidas por la Comunidad porque el tribunal no entra a valorar el fondo del asunto cuando solicitan las primeras, sino si el asunto es de especial urgencia, lo que rechazó.

En el auto, la Audiencia aseguró que «no concurren las razones de especial urgencia que exige la doctrina para adoptar una suspensión del acuerdo» sin oír a la Abogacía del Estado, que también se tendrá que pronunciar en el recurso interpuesto por la CAM. De la misma forma, el tribunal rechazó que la orden de Sanidad aplicada por Madrid signifique de facto la vulneración de los derechos fundamentales de los ciudadanos, ya que el acuerdo al que se llegó en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud no se dirigía a los mismos sino a las comunidades autónomas.