El TSJC mantiene definitivamente las elecciones catalanas el 14F

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La sala contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado este viernes mantener definitivamente las elecciones catalanas el 14F, con la campaña ya en marcha, y anular el decreto del Govern que las aplazaba, en principio, al 30 de mayo.

Tras reunirse para deliberar, la sala ha adelantado el fallo de su sentencia, en la que, por mayoría, se reafirma en las medidas cautelares que dictó la semana pasada para suspender el aplazamiento electoral y acuerda estimar los ocho recursos presentados por varias formaciones extraparlamentarias y particulares contra el decreto del Govern.

Una vez se notifique la sentencia, prevista para el próximo lunes, podrá ser recurrida ante la sala de lo contencioso del Tribunal Supremo, aunque ello no suspendería la decisión del TSJC de mantener la fecha electoral del 14F.

La sala, que inicialmente había anunciado que resolvería el 8 de febrero, mediada ya la campaña electoral, se ha reunido este viernes de urgencia para deliberar, después de que las partes aceleraran la presentación de sus escritos para que el asunto se pudiera resolver lo antes posible.

De hecho, en su sentencia la sala hará «mención expresa» a la «buena fe procesal» de las partes, ya que reconoce que su agilidad al remitir sus informes ha permitido llegar a una resolución en «la mayor brevedad posible», según precisa el TSJC en un comunicado.

Con su decisión, la sala se reafirma en las medidas cautelarísimas -y posteriormente cautelares- que dictó la semana pasada, cuando ordenó suspender el aplazamiento de los comicios e iniciar el proceso electoral del 14F mientras resolvía sobre la legalidad del decreto del Govern.

La resolución del TSJC coincide con el criterio de la Fiscalía, que esta misma mañana ha presentado ante la sala un informe en el que abogaba por anular el decreto del Govern, al entender que infringe la normativa electoral y el Estatut y daría pie a una «anormalidad jurídica e institucional» que puede prolongarse de forma «indeterminada».

En el auto del pasado viernes que acordaba mantener cautelarmente el 14F, si no se endurecían las restricciones por la pandemia, el TSJC ya apelaba a la necesidad de «preservar la normalidad democrática» en Cataluña y evitar una «situación de bloqueo y precariedad institucional» que afecte a la legitimidad del Govern en plena pandemia.

En su auto, que contaba con el voto particular de uno de los siete magistrados de la sala, el tribunal recalcaba que no obligaba a votar «irreversiblemente el día 14 de febrero» ni había fijado esa fecha, mientras advertía que en las próximas semanas podría haber cambios en el estado de alarma y la situación sanitaria que llevaran a las «autoridades competentes» a adoptar otra decisión sobre los comicios.

Tras recordar que el 14F deriva de una «disolución automática» del Parlament por la ausencia de un candidato a la presidencia de la Generalitat, el TSJC sostenía que la convocatoria electoral tiene «un interés público especialmente intenso, pues pone en marcha un mecanismo basilar para garantizar la continuidad en el normal funcionamiento de las instituciones».

Además, la sala razonaba que el estado de alarma vigente en España desde octubre no limita el derecho a voto -incluso contempla «expresamente» la continuación de las actividades electorales, recordaba-, ni tampoco lo impiden las restricciones de movilidad, con el confinamiento municipal en Cataluña.

El Govern acusó entones al TSJC de cometer una «irresponsabilidad» y «poner en riesgo» la salud del electorado, por lo que pidió la suspensión del decreto, alegando que si la jornada electoral coincidía con el pico de la pandemia unas 200.000 personas no podrían ejercer su derecho a voto por estar confinadas.

El Ejecutivo catalán adjuntó en su recurso varios informes que alertaban del riesgo para la salud de los electores y que además cuestionaba la «legitimidad» del resultado si se registraba una baja participación debido al contexto de pandemia.