Las hipotecas referenciadas al IRPH no fueron «transparentes» pero tampoco abusivas. Así lo ha dictaminado el Tribunal Supremo en la sesión plenaria de este miércoles, en la que ha examinado cuatro casos que fueron admitidos a trámite (había más de 150) con los que pretende sentar jurisprudencia, como pidió Europa. En 2017, el Alto Tribunal dijo que no podía entrar a examinar si el índice, contrapuesto al Euribor, era transparente, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dejó claro en otra sentencia que sí podía.
Lo que no ha cambiado, a falta de conocer la sentencia al completo puesto que solo se ha remitido a los medios cuatro escuetos párrafos, es la postura del Supremo que en su fallo de entonces aseguró que el IRPH no podía considerarse un índice abusivo porque se encontraba dentro la normativa legal y que no podía examinarse en base a los resultados negativos que tuviesen los clientes.
«En los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia del TJUE, ha apreciado falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores», reza el comunicado, que añade que, «no obstante, se ha procedido a hacer el análisis de abusividad concluyendo, en los casos enjuiciados, que no había», reza el comunicado.
Termina así un largo camino que comenzó cuando se desplomó el euríbor, hace menos de diez años. Hasta entonces, las hipotecas podían utilizar este indicador o, por el contrario, el llamado Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH), que se comercializó, según recuerdan desde la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE) como «un índice estable frente al euríbor».
Sin embargo, el IRPH ha estado continuamente por encima del euríbor. Cuando este cayó, los hipotecados con IRPH pagaron hasta 200 euros más al mes. «Los afectados se empezaron a dar cuenta de que cuando todas las hipotecas bajaban, las suyas incluso subían», recuerdan desde ADICAE.
En la actualidad, esta asociación calcula que hay alrededor de 1,3 millones de hipotecas referenciadas con este índice, lo que hacía temblar a la banca, pues si el Supremo hubiera fallado en su contra, es decir, si se hubiera producido el peor de los escenarios, las entidades deberían desembolsar unos 33.400 millones de euros.
Por su parte, desde la asociación Reclamador.es señalan su «absoluta decepción y estupor». AlmudenaVelázquez, co-directora legal, asegura que la sentencia del Supremo deja «desprotegidos» a los afectados por IRPH en España. «El Alto Tribunal, según la nota de prensa, aprecia que existe falta de transparencia en los casos que ha seguido pero no considera la cláusula abusiva«, argumenta.